Aprobada Ley Olimpia en Baja California
hace 4 años
Este miércoles 01 de julio fue aprobada de forma unánime la Ley Olimpia presentada ante el Congreso de Baja California, la cual tiene como objetivo reconocer y sancionar la divulgación de contenido intimo sexual en las distintas plataformas digitales, cuando ha sido sin autorización del afectado, en su mayoría, mujeres.
Se prevén de 1 hasta 6 años de prisión y con multas desde 43 mil 440 hasta 130 mil 320 pesos. Además se elevará en un 50% las penas cuando el delito sea cometido por los cónyuges o cualquier persona que tenga o haya atenido una relación de afectividad aún si no mantienen convivencia.
Las conductas a considerarse dentro de esta ley son:
-Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
-Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su debido consentimiento mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.
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